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25 septiembre 2025

La Eucaristía

Una costumbre cristiana: Las comuniones espirituales. José Manuel Iglesias. Edic. Palabra, Madrid, Folletos MC, nº 338

El desarrollo teológico
Los teólogos escolásticos medievales hablan de recibir espiritualmente la Eucaristía -manducatio spiritualis..., usus spiritualis sacramenti-, refiriéndose a la necesidad de crear mejores disposiciones interiores -de fe y amor- al recibir la Comunión sacramental.
Considero interesante -por aludir a los elementos clave de esta devoción- la afirmación de Raúl, conocido por «el Ardiente», escrita en el siglo XII:
«Son dos los modos de comer el Cuerpo de Cristo: uno sacramental, otro espiritual. Lo recibe espiritualmente aquel que aunque no reciba el sacramento tiene fe y amor hacia el Cuerpo de Cristo».
Es por esa época cuando se precisa la distinción entre alimentarse espiritualmente con el Cuerpo de Cristo y alimentarse sacramentalmente, y se hace ver lo provechoso que es avivar el deseo al recibir la Eucaristía.
Es Santo Tomás de Aquino -el más santo entre los sabios, el más sabio entre los santos, al que también se le ha denominado Doctor Eucarístico, entre otros títulos- quien, con su habitual precisión y claridad, desarrolla la doctrina teológica de la comunión espiritual, explicándonos cómo se pueden recibir los efectos de la Eucaristía sin recibir el Sacramento:
mediante el vivo deseo de la voluntad humana de recibir el Sacramento intensificando la fe y el amor hacia Cristo Eucarístico.
De este modo los efectos que produce el Sacramento se pueden hacer realidad en el alma, como ocurre cuando se recibe la Eucaristía sacramentalmente, aunque en diferente proporción. Esto es lo que recibe el nombre de comunión espiritual.
Los teólogos posteriores -sobre todo cuando comentan a Santo Tomás- desarrollan ampliamente estas ideas hasta que llegan a tener solemne confirmación en la doctrina magisterial de la Iglesia.

UN ELEMENTO NECESARIO: EL ANHELO DE LA EUCARISTIA
Después de ver cómo la comunión espiritual llega a tener un significado muy correcto y diáfano, tanto para los teólogos como en la enseñanza de la Iglesia, en los maestros de vida cristiana y en tantos fieles corrientes de toda época, podemos dar esta «definición»:
La comunión espiritual es la unión del alma con Jesucristo presente en la Eucaristía, no recibiéndole sacramentalmente, sino avivando el deseo de recibirle y fomentando la fe y el amor hacia El.
De esta noción se puede deducir que, para realizada, deben estar presentes cuatro actos referidos a Jesús Sacramentado:
1.° Un acto de fe en la Presencia real de Jesucristo en la Eucaristía: ¡Creo que estás aquí!
2.° Un acto de Amor a Jesús Sacramentado: ¡Te amo sobre todas las cosas!
3.° Un acto de deseo, con la intención de poner los medios para recibirle sacramentalmente en cuanto sea posible: ¡Quisiera recibirte, Señor!
4.° Un acto de acción de gracias, haciéndolo del mismo modo que si se hubiese comulgado sacramentalmente: ¡Gracias, Jesús, por quedarte con nosotros!
Se entiende bien la Presencia real de Jesucristo en esa maravilla de amor que es la Eucaristía, cuando no perdemos de vista que está ahí -primordialmente- a modo de comida: para avivar la fe, aumentar la vida de la gracia, intensificar la caridad, fomentar la esperanza, fortalecer la unidad del Cuerpo Místico... Por eso le pedimos: «Haz que yo crea más y más en Ti, que en Ti espere, que te ame».
El otro principio capital es valorar la eficacia del deseo, que incluso puede llegar a suplir -en cierta manera- la misma recepción sacramental.