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Primera aprobación oficial
Mons. Eijo y Garay está preocupado. Hacia 1940-41, el Señor permite una contradicción tremenda contra el Opus Dei, y el Obispo de Madrid, que sigue paso a paso la vida y desarrollo de la Obra, determina dar la primera aprobación diocesana, para ver si así se acalla la persecución.
El Fundador queda perplejo ante la proposición. Sabe que cuenta con el apoyo y estímulo de su obispo, al que siempre ha tenido informado, pero, como buen canonista, comprende perfectamente que la Obra tiene que crecer y madurar antes de encontrar su propio camino jurídico, pues su novedad planteará, sin duda, la necesidad de reformar la legislación en vigor.
Mientras el Señor permitía estas contradicciones, ocurrió un acontecimiento: el 22 de agosto de 1940 había fallecido el Arzobispo de Toledo y sabe el Padre que el candidato más probable para sucederle es precisamente el Obispo de Madrid.
Por eso, con lealtad, en una conversación, le dice a don Leopoldo: Señor Obispo, déjenos, no nos ayude; ¿no se da cuenta de que se juega la mitra de Toledo? Y don Leopoldo le contesta: "Josemaría, lo que me juego es el alma".
Unos meses más tarde, el Padre se da cuenta de que todavía no ha presentado a Mons. Eijo y Garay los documentos pertinentes.
-Señor Obispo, yo quiero ser siempre muy obediente a Vuestra Excelencia y sin embargo, a pesar de que hace mucho tiempo me ha pedido los documentos para proceder a la aprobación de la Obra, no se los he traído: sólo hoy me he dado cuenta de esto, de que no hago lo que el Señor Obispo me ha dicho. Y, al darme cuenta, he sentido una gran alegría, porque cualquier otro eclesiástico hubiera venido enseguida al Palacio Episcopal, trayendo esos documentos que el Señor Obispo había pedido: así he tenido una nueva prueba de que la Obra no es mía, sino de Dios; si no la aprueba usted, la aprobará su sucesor...
El 14 de febrero de 1941, el Fundador presenta la solicitud de aprobación, con la documentación requerida. El 24 de marzo el Obispo de Madrid firma el decreto que, en virtud del artículo 708 del Código de Derecho Canónico (por el que los simples fieles pueden asociarse para obras de piedad y caridad), da al Opus Dei la aprobación como Pía Unión pero, como le ha pedido don Josemaría, sin erigirlo canónicamente. Don Leopoldo ha tenido la delicadeza de fechar el documento el 19 de marzo, festividad de San José́, fiesta del Patrono que celebra el Fundador. Además de la fórmula ritual, añade algunas palabras que testimonian su afecto y estímulo hacia el Opus Dei: "Y pedimos a Dios Nuestro Señor, por intercesión de San José́, en cuya fiesta tenemos la satisfacción de aprobar canónicamente tan importante Obra de celo, que conceda que no se malogre ninguno de los grandes frutos que de ella esperamos".
Cuando Mons. Eijo y Garay comunica la noticia a don Josemaría, éste se encuentra en la casa de Diego de León. Inmediatamente, va a buscar a su madre y a los pocos miembros de la Obra que están allí́. Todos juntos, entran en el oratorio y se postran de rodillas ante el Sagrario, para dar gracias.
FRANÇOIS GONDRAND