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El gozoso significado de esta fecha, que ya ha quedado grabada para siempre en la historia de la Obra de Dios, será glosado por Monseñor Álvaro del Portillo en este diecinueve de marzo romano de 1983. Explica que la Constitución Apostólica relativa a la erección del Opus Dei en Prelatura Personal comienza con las palabras latinas” ut sit”: que sea. Y tienen para toda la Obra una «resonancia muy particular, íntima, de familia», porque traen a la memoria los aledaños pirenaicos donde se fraguó la vocación adolescente del Fundador y donde se encendió, como una llamarada, su amor a Dios. Durante años presintió que la Providencia le destinaba a una tarea cuyos perfiles concretos desconocía. Y rezó y repitió incansablemente, como un ruego de urgencia al Señor y a la Virgen María, estas palabras: “Domine, ut sit!... Domina, ut sit”!... ¡Señor, que se cumpla! ¡Que se cumpla tu Voluntad!;
¡Señora, que sea! ¡Que se realice la Voluntad de tu Hijo!...
Esta misión se desveló el 2 de octubre de 1928, cuando Dios le hizo ver, con una panorámica sin orillas, el Opus Dei. También dio comienzo el itinerario jurídico de la nueva Fundación que concluye el 28 de noviembre de 1982. En este día, la primera página de «L'Osservatore Romano» daba la noticia de que el Santo Padre erigía la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz y Opus Dei en Prelatura Personal. Y comunicaba, también, el nombramiento de Monseñor Álvaro del Portillo como su primer Prelado. Complementando estas noticias se acompañaba la publicación de tres documentos. Todos hacían relación a la declaración oficial de la Sagrada Congregación para los Obispos suscrita por el Prefecto, Cardenal Sebastiano Baggio, y por el Secretario, Monseñor Lucas Noreira Neves, con fecha 23 de agosto de 1982, aprobada por el Papa. Esta Dedaratio es una interpretación del Derecho propio de la nueva Prelatura conferido por la Santa Sede.
Tras indicar los motivos que han determinado la decisión del Romano Pontífice, expone las principales notas características de la Prelatura.
Su vida y actividad se regirán por las normas del Derecho General de la Iglesia y por las que le atañen de modo concreto y quedan especificadas en la Constitución Ut Sit, así como por los Estatutos de régimen interno, que reciben el nombre de «Código de derecho particular del Opus Dei».
La jurisdicción de la Prelatura abarca a los sacerdotes del Opus Dei y -sólo en lo referente al cumplimiento de las obligaciones peculiares asumidas mediante el vínculo jurídico convenido con la Prelatura- a los laicos. Unos y otros dependen de la autoridad del Prelado para la realización de las tareas apostólicas de la Prelatura.
Ana Sastre, Tiempo de caminar. Rialp, Madrid, 1990, 2ª ed.