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15 febrero 2024

Inserción de los sacerdotes en la Obra

15 de febrero de 1943

Vázquez de Prada, El Fundador del Opus Dei

El 15 de febrero don Josemaría se trajo consigo, de El Escorial a Madrid, a Álvaro del Portillo, luego de exponerle la solución al problema del título con que habían de ordenarse los sacerdotes de la Obra. Cómo, sin cambiar su condición secular, los ordenandos procedentes del Opus Dei podían ejercer su ministerio al servicio de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, unida inseparable-mente al Opus Dei.

Le había venido una respuesta por inspiración divina. Pero con eso la tarea no estaba resuelta del todo. Era preciso insertar ese hallazgo divino en la vida jurídica eclesiástica. Ahora el problema consistía en cómo vestir una idea desnuda. Ante todo era obligado atenerse al vestuario que ofrecía el Código de Derecho Canónico, es decir, escoger una figura jurídica dentro del rígido y limitado repertorio del Codex de 1917, al objeto de que el Opus Dei quedase estructurado en la normativa vigente. Volvió, por tanto, a repasar los cánones y a verse con sus anteriores consejeros: el Sr. Nuncio; el Sr. Obispo de Madrid; Mons. Calleri, de la Nunciatura; don José María Bueno, profesor del Seminario; su confesor García Lahiguera; y Mons. Lauzurica. Estando, precisamente, con este último redactó una nota, fechada en Vitoria, 28 de febrero de 1943, que introduce con estas palabras:

Es lástima que no haya ido anotando las incidencias de esta última temporada, a propósito de encontrar la fórmula que encaje definitivamente en el Código Canónico la Obra.

A la vez, en todo este asunto el Obispo de Madrid tenía una noción clara: la de que la Obra era empresa eminentemente secular y que su Fundador sentía "una gran repugnancia" a convertirla en instituto religioso, pues eso equivaldría a desvirtuar su naturaleza.

El origen de la cautela y precauciones con que se movía el Fundador está en el miedo a que se le deslizase, en esta difícil operación jurídica, algo que diese lugar a la más leve deformación de la naturaleza de la Obra. En consecuencia, al ir eliminando las distintas figuras jurídicas que podía adoptar la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz, llegó a la conclusión de que, por fuerza, tenía que encuadrarla como sociedad de vida común sin votos, cuya naturaleza especifica el Codex, aclarando que: «no es religión propiamente dicha, ni sus socios se designan en sentido propio con el nombre de religiosos». Permitían estas sociedades una gran variedad de régimen y, por concesión de la Santa Sede, la adscripción estable de sacerdotes.

En último término, la solución consistiría —escribe el Fundador— en transformar un pequeño núcleo de nuestra Obra, formado por los sacerdotes y por algunos laicos en preparación próxima para el sacerdocio, en una sociedad de vida común sin votos, la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz. Si lo lograba habría resuelto un doble problema: salvaguardar la naturaleza secular de la Obra y, por otro lado, adscribir a los nuevos sacerdotes ad titulum Societatis, garantizando así su plena dedicación ministerial al Opus Dei.

De este modo la incardinación estaba resuelta satisfactoriamente, es verdad; pero a costa de tener que aceptar, a falta de otro remedio, una figura jurídica que no reflejaba limpiamente el rostro auténtico de la secularidad del Opus Dei. Era consciente el Fundador de las deficiencias de esa fórmula y de que su respuesta venía forzada por las circunstancias y por los cánones. Porque, a todo esto, ¿dónde quedaba la Pía Unión compuesta de laicos, hombres y mujeres, que constituían la mayor parte del Opus Dei? Para recalcar que los sacerdotes de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz no formaban cuerpo aparte, y tenían unidad de vocación y de vida con el resto de los miembros del Opus Dei, estableció que habían de provenir, necesariamente, de las filas de los laicos y que, una vez ordenados, seguirían prestando servicio exclusivo a sus hermanos. Mientras que el grueso de los laicos, hombres y mujeres, seguirían siendo, como siempre, cristianos corrientes bajo el nombre de Opus Dei, una obra propia, unida e inseparable de la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz.